ORDENANZA N° 214/2011
Coronel
Fraga, 16 de Junio de 2011-
VISTO:
La actual
legislación sobre productos fitosanitarios de
- Ley de Productos Fitosanitarios Nº 11.273.-
-
Ley Nº
11.354 modificatoria de
- Decreto Reglamentario de Productos Fitosanitarios Nº 552/97 y sus anexos.-
y;
CONSIDERANDO:
Que el señor Hugo Juan Marcante, DNI Nº 8.280.216 posee
un establecimiento de cría de porcinos en un campo de su propiedad, Partida
Inmobiliaria Nº 08-20-00-063975/0002-4, distante a
Que los porcinos criados en ese establecimiento están destinados a la venta para el consumo humano;
Que el Señor Marcante
hizo una presentación ante el Ministerio de
Que representantes de
Por todo ello;
Sanciona la siguiente
ORDENANZA
Art. 1º) Establecer
un área de protección que abarca la propiedad del Sr. Hugo Juan Marcante, Partida Inmobiliaria Nº
08-20-00-063975/0002-4 y hasta los
dentro de la cual se prohíbe la aplicación de productos
fitosanitarios mediante equipos terrestres y/o aéreos.-
Art. 2º) Las violaciones a la presente Ordenanza serán
penadas con multas equivalentes a
Art.3º) Regístrese, comuníquese y archívese.
ANEXO 1: