ORDENANZA N° 621/05
VISTO:
La actual legislación sobre productos fitosanitarios
de
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 1 sobre objetivos de la ley
11273 se persigue; la protección de la salud humana, de los recursos naturales
y de la producción agrícola ganadera; a través de la correcta y racional utilización
de los productos fitosanitarios, como así también evitar la contaminación de
los alimentos y del medio ambiente, promoviendo su correcto uso mediante la
educación e información planificada.-
Que el artículo 2 sobre sujetos y alcances de la
misma ley establece que quedan comprendidos en sus disposiciones y sus normas
reglamentarias: la elaboración, formulación, transporte, almacenamiento,
distribución, fraccionamiento, expendio, aplicación y destrucción de envases de
productos fitosanitarios; cuyo empleo, manipulación y/o tenencia a cualquier
título comprometa la calidad de vida de la población y/o la preservación del
medio ambiente.-
Que si bien todo producto fitosanitario posee un
grado de toxicidad propio de su conformación química; su peligrosidad final
depende además de las condiciones de aplicación tales como: momento, forma,
dosis,
condiciones climáticas, manipuleo y destino de
envases y residuos tóxicos, distancia entre el punto de aplicación y los
centros poblados, etc.-
Que el asesoramiento profesional en los diferentes
aspectos de la aplicación de productos fitosanitarios es el medio adecuado para
garantizar el cumplimiento de requisitos mínimos que conduzcan a un uso
racional de los mismos, al fin de reducir al mínimo los riesgos de contaminación
al medio ambiente y afección de la salud humana.-
Que es atribución de las autoridades comunales velar
por la salud y bienestar de la
comunidad.-
POR TODO ELLO:
“
ORDENANZA
Artículo 1°).- Queda sujeto como “área de aplicación” de
la presente ordenanza, el
Distrito de San Jerónimo Norte.-
Artículo
2°).- Queda establecido como límite del área
urbana del Pueblo de San Jerónimo Norte, a los fines de la aplicación de la
presente ordenanza; el obrante en el Gráfico y Detalle del anexo ``A´´.-
Artículo 3º).- La delimitación del área urbana
de San Jerónimo Norte, quedará sujeta en el futuro a modificaciones, a medida
que avance la urbanización en el Distrito.-
Artículo 4°).- Se prohíbe la
aplicación de productos fitosanitarios mediante equipos terrestres y/o aéreos, dentro del
área urbana del distrito de San Jerónimo Norte.-
Artículo 5°).- Toda persona física o jurídica que decida
aplicar productos fitosanitarios por aspersión terrestre y/o aérea en terrenos
ubicados a distancias menores a los 1.500 ( Un mil Quinientos ) metros del
límite del área urbana ; deberá comunicar en forma escrita y adjuntando la correspondiente
receta agronómica de aplicación, a
En dicha comunicación deberán figurar los siguientes datos:
A)
Nombre
y Apellido del titular y/o encargado del lote a tratar.-
B)
Nombre,
apellido y N° de matrícula del profesional actuante.-
C) Ubicación y distancia del lote a tratar
respecto al límite de la zona urbana.-
D) Cultivo a tratar.-
E)
Estado
fenológico.-
F)
Superficie
del lote a tratar.-
G) Plagas y/o malezas a controlar.-
H) Datos de los productos fitosanitarios a
utilizar: nombre de principio/s activo/s, marca comercial, concentración,
formulación, clase toxicológica, etc.-
I)
Dosis
de aplicación.-
J)
Forma
de aplicación.-
K)
Fecha
y hora en que se comenzará con la aplicación.-
Artículo 6°).- Será responsabilidad del profesional actuante :
Avalar los datos enunciados en el
artículo 5° de la presente ordenanza.-
Artículo 7°).- Prohíbase la aplicación aérea y/o terrestre de
cualquier producto fitosanitario, en terrenos ubicados a distancias menores de
1500 ( Un mil quinientos ) metros del
límite del área urbana , sin la expresa autorización de
Artículo 8°).- Prohíbase la circulación y/o permanencia
dentro del área urbana de esta Localidad; de equipos terrestres de aplicación
de productos fitosanitarios, aludiendo a los que se utilizan en el medio rural
en tareas de fumigación o de índole conexa y/o relacionadas, teniendo en cuenta
las posibles deficiencias técnicas en dichos medios, tales como pérdidas de
picos y/o tuberías de líquido, en forma de emanaciones de gas y/o por otros
motivos de índole análoga o similares.-
Artículo 9°).- Solo se admitirán como supuesto de excepción para acceder a la zona
urbana de esta localidad, los fines de reparaciones en casos fortuitos y de
fuerza mayor, debidamente comprobados a criterio de esta Autoridad Comunal, y
previa autorización de la misma; limitándose la permanencia en el lugar, al
tiempo que insuma superar la alternativa correspondiente.-
En todos los casos de ingreso de equipos
de aplicación al área urbana y/o permanencia dentro de la misma, se deberá
vaciar el tanque, y lavar el equipo con el objetivo de evitar pérdida de
líquidos y/o emanaciones de olores provenientes de las distintas formulaciones
de los mismos.-
Artículo 10°).- Las
violaciones a la presente ordenanza serán penadas con multas equivalentes a
Cuando los infractores sean personas
jurídicas; los directores, gerentes o representantes legales, serán personales
y solidariamente responsables.-
Artículo 11°).- Se prohíbe
sin excepción, el uso de las
instalaciones ubicadas al
sur del Autódromo Comunal, para otro que no sea la carga de agua para
tanques de equipos de aplicación terrestre.-
Artículo 12°).- Regístrese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones
de
Ordenanza tratada en reunión de Comisión
Comunal de fecha 23 de Diciembre de 2005 y pasada a cuarto intermedio para la
próxima reunión por decisión de
Aprobada en reunión de Comisión Comunal en
fecha 18 de Enero de 2006.-
§
Se establece como área de aplicación de la presente
ordenanza a la comprendida dentro de los siguientes límites:
Al
sur: camino N° 24 entre camino N° 45 y N° 36.-
Al
este: camino N° 45 entre camino N° 24 y N° 10.-
Al
oeste: camino N° 36 entre camino N° 24 y N° 10.-
§
El área comprendida entre los límites citados
corresponden al distrito de San Jerónimo Norte.
§
La numeración empleada para definir los límites
correspondientes a Vialidad Provincial.-
§
El área de aplicación incluye dentro de sus límites al
área urbana de San Jerónimo Norte.
Se establece como área
urbana de San Jerónimo Norte, a los fines de la aplicación de la presente
ordenanza la que a continuación se detalla:
Partiendo del punto dado
por la intersección de la proyección del Pasaje Falucho hacia el norte, y línea
paralela y distante
Desde el citado punto
hacia el este hasta
Siguiendo desde el final
de dicha línea demarcatoria hacia el sur, hasta
Desde ese punto hacia el
este hasta
Desde ese punto hasta
Desde ese punto hacia el
este hasta la proyección de calle Josefa Durrer.
Desde ese punto hacia el
sur hasta la proyección de calle 1° de Mayo.
Desde ese punto hacia el
este hasta
Desde ese punto hasta
Desde ese punto hacia el
oeste hasta proyección de calle Dr. Eduardo Tesaire.
Desde ese punto hacia el
sur hasta
Desde ese punto hacia el
oeste hasta
Desde ese punto hacia el
norte hasta proyección de calle 1° de Mayo.
Desde ese punto hacia el
oeste hasta
Desde ese punto hacia el
norte hasta
Desde ese punto hacia el
este hasta proyección de calle 15 de Agosto.
Desde ese punto hacia
el norte hasta proyección de calle Vélez
Sarsfield.
Desde ese punto hacia el
este hasta
Y desde ese punto hasta el
punto de partida del trazado que se describe.
San
Jerónimo Norte, .......................................
Por el presente y cumpliendo
con las ordenanzas vigentes se solicita autorización para realizar tareas de:
..............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
........................., a un equipo de
fumigación; tipo:....................................................., el cual
debería ingresar a la planta urbana.-
Dicho
servicio será realizado en:
calle:........................................................Nro.........................;
domicilio en donde se realizará dicha tarea; la cual estará a cargo del señor
:………………………………..
El
mencionado implemento permanecerá en tal lugar desde la
hora:........................ ...................................., del
día.................; del mes de...............................................
.......................................;hasta
la hora:......................................, del día ................, del
mes de:..............................................., aproximadamente.
Quien firma como
propietario o titular se compromete a ingresar el equipo a la zona urbana no
conteniendo productos fitosanitarios y debidamente lavado, asegurándose la no
perdida de líquidos y/o emanaciones de olores provenientes de productos
fitosanitarios.
Firma, aclaración, tipo y Nro. de documento del
propietario o titular del equipo:
....................................................................................................................................
Sin otro particular le saludo muy atte.
...................., se autoriza.
Firma, aclaración y Nro. de matrícula del
profesional autorizante:
....................................................................................................................................
Por el presente y cumpliendo con las ordenanzas vigentes se
solicita autorización para realizar tareas de fumigación según los datos que a
continuación se detallan:
·
Fecha
y hora de inicio de
tareas:....................................................................
·
Titular
y/o encargado del lote a tratar:
.............................................................
·
Nombre
y matricula del profesional actuante: .................................................
·
Ubicación
y distancia del lote a tratar respecto al limite de la zona urbana:
.........................................................................................................................
·
Plagas
y/o malezas a controlar:……………………………….. ........................
·
Datos
del o los productos fitosanitarios a utilizar:
Principio/s activo/s:
...............................................................................................
Marca/s comercial/es:
...........................................................................................
Dosis de aplicación:
..............................................................................................
Clase/s
toxicológica/s:………………………………………………………………….
Forma de aplicación:
manual – terrestre – aérea
Adjunto a esta nota la correspondiente receta agronómica de
aplicación.
En caso de permitirse la aplicación me comprometo a seguir
las indicaciones y/o recomendaciones del profesional autorizante, en caso de
que las hubiere.
Sin otro particular le saludo muy atte.
·
Firma,
aclaración, tipo y nro. de documento:
…………………………………………………………………………………….
·
.................
se autoriza.
·
Observaciones
y /o indicaciones:………………………………………….....
……………………………………………………………………………………..
……………………………………………………………………………………..
·
Firma,
aclaración y Nro. de matricula del profesional autorizante:
...................................................................................................................